Un hombre ha sido condenado a 13 años y medio de prisión por varios episodios de abusos y agresiones sexuales a su hijastra, una adolescente de 16 años, en Inca. El acusado aprovechaba que su pareja, la madre de la víctima, trabajaba por las noches para entrar en la habitación de la menor y someterla a tocamientos. Los abusos subieron de intensidad hasta que en una ocasión llegó a penetrar a la chica mientras la sujetaba. La Audiencia Provincial le impuso 15 años de prisión por delitos de abuso sexual y violación con prevalimiento, pero el Tribunal Supremo ha rebajado ahora la condena al calificar los hechos como un solo delito continuado de agresión sexual.

Los abusos se sucedieron durante el verano del año 2013 en el domicilio donde el acusado, marroquí de 34 años y con antecedentes por otros delitos, convivía con su pareja y los hijos de ella en la capital del Raiguer. La sentencia, cuyo relato ha confirmado el Supremo, relata que el hombre aprovechaba que su compañera trabajaba por las noches para entrar en la habitación donde dormía la víctima, que tenía entonces entre 16 y 17 años. En estas incursiones, el condenado la sometía a tocamientos en la vagina y el culo y en varias ocasiones se masturbó ante la chica.

En esa misma época, el hombre aprovechó que se había quedado a solas con ella en la vivienda para violarla. La agarró por la espalda, la puso contra la pared y mientras la retenía agarrándola con fuerza por un brazo, le bajó los pantalones y la ropa interior y la penetró. La adolescente logró zafarse y escapar. La menor sufrió diversas secuelas a consecuencias de estos abusos.

Los hechos fueron denunciados dos años después y el acusado fue detenido por la Guardia Civil. El juzgado de guardia de Inca acordó su puesta en libertad, pero dictó como medida cautelar una orden de alejamiento de la adolescente.

La fiscalía imputó al hombre un delito continuado de abuso sexual y otro de agresión sexual con acceso carnal, por los que reclamó 16 años de prisión.

El tribunal declaró al hombre autor de un delito de abuso sexual continuado y otro de violación, ambos con prevalimiento. Por ellos le impuso penas que sumaban 15 años de prisión y una indemnización de 20.000 euros para la perjudicada.

El abogado defensor recurrió la sentencia ante el Tribunal Supremo, que ha rebajado la condena hasta los 13 años y medio de cárcel al admitir uno de sus argumentos. Los magistrados señalan que los sucesivos episodios de tocamientos y la violación deben ser calificados como un solo delito de agresión sexual continuado. El Supremo explica que este absorbe al de abusos sexuales por ser de menor gravedad y la condena debe ser acorde.